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Novedades referentes al marcado CE en España

11/11/09

Les informamos de las últimas novedades referentes al marcado CE en España. A continuación las respuestas a las preguntas más frecuentes:

- ¿A que productos afecta el marcado CE?

El marcado CE afecta, según la Directiva europea de Productos de la Construcción 89/106/CEE (DPC), a cualquier producto fabricado para ser incorporado con carácter permanente en las obras de construcción.

- ¿Qué productos pueden obtener el marcado CE?

Un producto puede obtener marcado CE siempre que exista una norma armonizada, elaborada por el Comité Europeo de Normalización CEN, y aceptada y publicada por todos los países miembros.

Por tanto, hasta que no existe una norma armonizada para el producto en cuestión, no es preceptivo el marcado CE para dicho producto.

- ¿Qué hacer si se quiere obtener el marcado CE antes de la publicación de la norma armonizada?

Si el fabricante, no obstante, quiere obtener el marcado CE antes de la publicación de la norma armonizada, puede optar por la vía previa de obtención de un Documento de Idoneidad Técnica (DIT o DITE), para posteriormente obtener el marcado CE acorde al DITE elaborado.

Los únicos organismos en España notificados para poder elaborar DITs o DITEs son el Torroja de Madrid y el ITeC de Barcelona.

Adjunto BOE del 20 de mayo del 2009, donde se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción.

Desde la Secretaría Técnica de ASCEM estamos a su disposición para asesorarles y darles una solución personalizada. Para más información contactar con acasteleiro@ascem.org, o a través del teléfono 93 390 71 13.

Enlace BOE del 20 de mayo del 2009
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